Nota informativa sobre el acceso desde los ciclos formativos de grado medio a los de grado superior (Actualizado)
La Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente comunica a todas la personas interesadas que en cumplimiento del artículo 41.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, la posesión de un título de Técnico de Formación Profesional es condición suficiente para el acceso a un ciclo formativo de grado superior sin necesidad de superar la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior, como ha venido siendo hasta ahora.
No obstante lo anterior, las personas que tengan o vayan a obtener el título de Técnico podrán, si lo desean, presentarse a las dos convocatorias de Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior que se celebrarán este año:
- Convocatoria ordinaria: la fecha prevista es el 18 de mayo (período de inscripción del 15 al 30 de abril).
- Convocatoria extraordinaria: la fecha prevista es el 7 de septiembre (período de inscripción del 15 al 31 de julio).
Las personas con el título de Técnico que superen la Prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o la hayan superado en años anteriores, dispondrán de dos vías de acceso diferentes al ciclo formativo de grado superior y deberán optar por una de ellas cuando participen en el próximo procedimiento de admisión en enseñanzas de Formación Profesional Inicial del sistema educativo.
La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía publicará, con anterioridad al inicio del próximo procedimiento de admisión en enseñanzas de Formación Profesional Inicial, la normativa que contemple las nuevas condiciones de acceso a estas enseñanzas, que establece la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, así como los porcentajes de plazas escolares correspondientes a cada una de las condiciones de acceso.
Para el próximo procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos para cursar las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del sistema educativo en el curso 2016/2017, los requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior serán los siguientes:
Oferta completa y parcial complementaria
- A ciclos formativos de grado medio:
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Título Profesional Básico o módulos obligatorios de un PCPI.
- Título de Bachiller.
- Título universitario.
- Título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional.
- Certificado acreditativo de Bachillerato.
- Curso de formación específico (LOE/LOMCE) y tener 17 años cumplidos en el año de finalización del curso.
- Prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio/superior, prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Se requerirá tener, al menos, 17 años cumplidos en el año de realización de la prueba.
- Requisitos establecidos en el apartado a) de la Disposición adicional tercera del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
- A ciclos formativos de grado superior:
- Título de Bachiller.
- Título universitario.
- Título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional.
- Certificado acreditativo de Bachillerato.
- Prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Se requerirá tener, al menos, 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba.
- Requisitos establecidos en el apartado b) de la Disposición adicional tercera del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Oferta parcial diferenciada
- Además de los anteriores:
- Tener cumplidos 18 años.
- Ser andaluz (para la modalidad a distancia).
- Las personas que no cumplan con alguno de los requisitos anteriores podrán acceder acreditando experiencia laboral a módulos profesionales asociados a unidades de competencia.
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